Salario Mínimo Interprofesional 2026: Real Decreto 126/2026 y las Nuevas Cuantías

Publicado el 20 de febrero de 2026, 14:11

El pasado 18 de febrero de 2026, el Gobierno español aprobó el Real Decreto 126/2026, mediante el cual se establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2026. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-3815) el 19 de febrero, tiene como objetivo garantizar una remuneración justa y suficiente para las personas trabajadoras, contribuyendo al bienestar económico y social del país.

Incremento del SMI: Un 3,1 % más respecto a 2025

El SMI de 2026 se fija en 40,70 euros por día o 1 221 euros al mes, según corresponda. Esta cifra representa un incremento del 3,1 % respecto al salario mínimo establecido para 2025. El aumento se fundamenta en el análisis de múltiples factores económicos y sociales, con el objetivo de

  • Asegurar un nivel de vida digno para trabajadores y familias.

  • Mantener el SMI cercano al 60 % del salario medio, cumpliendo con los compromisos de la Carta Social Europea.

  • Fomentar una economía inclusiva y sostenible, alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, incluyendo la erradicación de la pobreza y la promoción de igualdad salarial.

 

Aplicación y complementos del SMI

El Real Decreto establece que el SMI incluye únicamente la retribución en dinero, sin que los salarios en especie puedan minorar la cuantía mínima. Además:

  • Se adicionarán complementos salariales según convenios colectivos y contratos individuales.

  • El SMI anual mínimo será de 17 094 euros, sirviendo como referencia para compensaciones y absorciones en caso de salarios superiores.

  • Los trabajadores con contratos temporales de hasta 120 días y empleados del hogar recibirán ajustes específicos, incluyendo gratificaciones, vacaciones y salario por hora. Para empleados del hogar, el SMI es de 9,55 euros por hora efectiva.

 

Consideraciones para normativa y contratos privados

La disposición transitoria del decreto aclara que este aumento del SMI no afecta automáticamente a:

  • Normas autonómicas o locales que usan el SMI como referencia para prestaciones o servicios públicos, salvo que dispongan lo contrario.

  • Contratos privados y pactos existentes, salvo acuerdo de las partes.

No obstante, los salarios en contratos privados que resulten inferiores al SMI de 2026 deberán ajustarse para garantizar el cumplimiento de la cuantía mínima.

 

Marco legal y competencia

El decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que otorga al Estado la competencia exclusiva en legislación laboral. Además, cumple con los principios de:

  • Buena regulación: proporcionalidad, transparencia y seguridad jurídica.

  • Eficiencia: evita cargas administrativas innecesarias.

  • Consultas previas: se realizaron consultas a organizaciones sindicales y empresariales representativas.

 

Vigencia del SMI 2026

El SMI entra en vigor el 20 de febrero de 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

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