La importancia de mantener actualizados los datos del titular en los registros de marcas, patentes y dominios

Publicado el 5 de noviembre de 2025, 20:09

En la actualidad, los activos intangibles (como las marcas, las patentes y los nombres de dominio) representan una parte esencial del valor de una empresa o emprendimiento. Son la base de su identidad, su innovación y su proyección comercial. Sin embargo, su protección no se limita al simple registro del derecho: requieren una gestión constante y actualizada.

Uno de los aspectos más importantes de esa gestión es mantener al día los datos del titular, en especial el nombre o razón social y el domicilio. Este detalle administrativo puede parecer menor, pero es crucial para garantizar la validez, continuidad y defensa legal de estos derechos.

 

¿Por qué es tan importante actualizar los datos registrales?

Imaginemos dos situaciones comunes: el fallecimiento de una persona física titular de derechos o la disolución de una empresa. En ambos casos, si los registros no reflejan la nueva realidad jurídica, esos activos pueden quedar desprotegidos, perder vigencia o incluso ser aprovechados por terceros.

El riesgo no es menor: los registros oficiales presumen que los datos publicados son ciertos y actualizados. Si no lo están, cualquier notificación, renovación o defensa jurídica puede verse comprometida.

 

Cuando el titular es una persona física

Según el artículo 659 del Código Civil, los derechos de propiedad industrial forman parte del caudal hereditario, por lo que pueden transmitirse a los herederos. Pero para que esta sucesión sea válida frente a terceros, es obligatorio inscribirla en el registro correspondiente.

En el caso de las marcas y patentes, el artículo 46 de la Ley 17/2001, de Marcas, exige la inscripción del cambio de titularidad en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Para ello se presenta el formulario correspondiente, se paga la tasa oficial y se aporta la documentación sucesoria que acredite la adjudicación de los derechos.

Además, los activos intangibles deben figurar expresamente en el inventario sucesorio. Si no lo están, será necesario ampliarlo, ya que la ley exige una identificación precisa de cada bien transmitido para garantizar la plena eficacia jurídica de la herencia.

 

Cuando el titular es una persona jurídica

En el caso de sociedades mercantiles, la obligación de integrar y actualizar los activos intangibles también está prevista en la normativa. El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) establece que, en procesos de disolución, liquidación, fusión o absorción, todos los bienes —incluidos los intangibles— deben incorporarse al inventario y transmitirse formalmente al nuevo titular.

Al igual que en el caso de las personas físicas, esta transmisión solo tiene efectos frente a terceros si se inscribe en el registro correspondiente. Es necesario aportar la documentación que acredite el proceso societario (liquidación, fusión, etc.) junto con el formulario de cambio de titularidad y el pago de la tasa.

 

Riesgos de no actualizar los registros

La falta de actualización puede acarrear consecuencias graves:

  • Pérdida de derechos: las notificaciones se envían al antiguo titular, lo que puede causar la caducidad del registro por falta de respuesta o pago.

  • Imposibilidad de defensa jurídica: un registro desactualizado impide acreditar la titularidad real en procedimientos judiciales o administrativos.

  • Bloqueo de operaciones comerciales: licencias, franquicias o cesiones pueden paralizarse al no coincidir los datos registrales con la realidad.
  • Problemas en el entorno digital: en los dominios, los datos incorrectos pueden provocar la suspensión o cancelación del sitio web.
  • Inseguridad para herederos y socios: si los registros no reflejan correctamente la titularidad, los activos pueden quedar fuera de la herencia o generar conflictos entre los sucesores.

 

La solución: una gestión proactiva y profesional

Mantener los registros al día no es una formalidad: es la garantía de continuidad y seguridad jurídica de los derechos. El nombre y domicilio del titular permiten a las oficinas de registro enviar notificaciones válidas y a terceros identificar con certeza quién ostenta el derecho.

Por eso, ante el fallecimiento de un titular o la disolución de una sociedad, es fundamental tramitar de inmediato el cambio de titularidad y la actualización de datos. Contar con el apoyo de agentes de propiedad industrial o gestores especializados puede ser clave para evitar pérdidas de plazos o errores formales durante estos procesos.

 

 

Todo esto supone que los derechos de propiedad industrial e intelectual son tan sólidos como su gestión administrativa. Actualizar el nombre y domicilio del titular no es un trámite accesorio, sino la condición que permite que esos activos sigan generando valor, protegiendo la innovación y asegurando la continuidad del proyecto empresarial o familiar.

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